Tenga presente sobre la acreditación de carga de adultos mayores que tienen el beneficio de la PGU

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio estatal otorgado por el Estado chileno a los adultos mayores con el fin de mejorar sus ingresos durante la jubilación y asegurar una mayor seguridad económica en la tercera edad. Actualmente, la PGU proporciona un monto mensual de $214.296 a aquellos beneficiarios cuya pensión es igual o menor a $729.764. Para quienes tienen pensiones entre $729.765 y $1.158.355, el monto es variable y decrece gradualmente conforme aumenta la base de pensión. Este beneficio está destinado al 90% de la población más vulnerable, y se otorga con el objetivo de reducir la pobreza y mejorar la calidad de vida de los adultos mayores.

Sin embargo, la PGU está sujeta a ciertas condiciones que podrían llevar a su suspensión o extinción. A partir de octubre de este año, uno de los principales motivos para la suspensión de la PGU es el no cobro del beneficio durante seis meses consecutivos. En estos casos, el Instituto de Previsión Social (IPS) puede suspender el pago, y el beneficiario tendrá un plazo de seis meses adicionales para solicitar la reactivación del beneficio. De no hacerlo, el derecho a la pensión podría extinguirse de manera definitiva, afectando así la estabilidad económica del adulto mayor.

Además, se ha detectado una incompatibilidad normativa que afecta a aquellos beneficiarios que reciben simultáneamente la PGU y asignaciones familiares, particularmente en casos de cargas familiares. Según lo dispuesto en la fiscalización de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) bajo el número IBS-01203-2024, las cargas familiares que reciben la PGU pierden su calidad de carga, dado que la normativa vigente impide que una persona sea considerada carga familiar si recibe beneficios anticípales, como la PGU. Como resultado, desde el 31 de agosto de 2024, muchas cargas familiares que también recibieron la PGU fueron eliminadas de la Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Andes, generando un impacto directo en los beneficiarios.

Esta situación ha generado numerosos casos entre los trabajadores de la División Chuquicamata, quienes deben comprender claramente la conveniencia y las implicancias de mantener cargas familiares que reciban la PGU. A largo plazo, la pérdida de la calidad de carga familiar puede traducirse en la eliminación de beneficios como la atención de salud, lo cual representa un costo significativo que podría no ser cubierto por el monto de la PGU.

Para considerar a una persona como carga familiar, se deben cumplir ciertos requisitos legales, tales como vivir a expensas del beneficiario principal, no percibir una renta igual o superior al 50% del sueldo mínimo durante más de tres meses en un año calendario, y, en el caso de los hijos, estar soltero. Cuando una carga familiar comienza a recibir la PGU, deja de cumplir estos requisitos y, en consecuencia, se elimina su calidad de carga, lo que puede resultar en la pérdida de importantes beneficios, especialmente en materia de salud.

Por ello, es fundamental que los beneficiarios de la PGU y los trabajadores con cargas familiares se mantengan informados sobre estas normativas para evitar la suspensión o pérdida de los beneficios y puedan tomar decisiones informadas sobre la conveniencia de mantener el estatus de carga familiar frente a la recepción de la PGU. Se recomienda acudir a las oficinas del IPS o a los canales oficiales de la institución para obtener mayor orientación y asegurar la continuidad de este importante apoyo económico.

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